
Bueno, la respuesta es clara: el órgano competente para aprobar una oferta de empleo público depende del nivel de la , pero en términos generales, en España la aprobación corresponde al órgano de gobierno de la entidad convocante. Para la Administración General del Estado, la oferta la aprueba el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Hacienda y Función Pública. En las comunidades autónomas, es el Consejo de Gobierno el que da el visto bueno, y en las entidades locales, el Pleno del Ayuntamiento o la Junta de Gobierno Local según el régimen jurídico aplicable.
La base legal está en el Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), que establece que la oferta debe fijarse anualmente y recoger las plazas vacantes que se consideren necesarias, siempre dentro del marco de la tasa de reposición y las limitaciones presupuestarias.
Para que te hagas una idea, aquí tienes un resumen de los órganos según el nivel:
| Nivel de Administración | Órgano de Aprobación | Marco Normativo Principal |
|---|---|---|
| Estatal | Consejo de Ministros | EBEP + Ley de Presupuestos Generales del Estado |
| Autonómico | Consejo de Gobierno | Estatuto de Autonomía + Ley de Función Pública autonómica |
| Local (Ayuntamiento > 50.000 hab.) | Pleno municipal | Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local |
| Local (resto) | Junta de Gobierno Local o Pleno | Ley 7/1985 + Reglamento orgánico |
Es importante matizar que la aprobación de la oferta no es solo un trámite político: incluye la negociación sindical previa (mesas sectoriales) y el informe de la intervención general o del órgano de control interno. Además, desde 2026, con la nueva Ley de Empleo Público en tramitación, se espera que el proceso sea más ágil y se centralice en plataformas digitales, pero el órgano decisor seguirá siendo el mismo.

Desde mi experiencia, lo que más se complica es cuando la oferta es de un organismo autónomo o una entidad pública empresarial. Ahí el órgano de aprobación no es el Consejo de Ministros directamente, sino su consejo rector o patronato, aunque siempre con el visto bueno de la de la que dependen. Por ejemplo, en una agencia estatal, el órgano máximo es el Consejo Rector, pero la oferta tiene que encajar en el plan de empleo de la administración general. Así que, aunque parezca descentralizado, la cabeza del proceso sigue siendo el Ministerio de Hacienda. Es un lío de papeles, pero al final todo se aprueba antes de que acabe el año.

Yo veo que el debate real es si la aprobación debería ser más descentralizada. En el ámbito local, un alcalde a veces quiere aprobar ofertas sin pasar por el Pleno, pero la ley es clara: si el ayuntamiento tiene más de 50.000 habitantes, el Pleno es el que decide. En los pequeños, la Junta de puede hacerlo, pero siempre con límites. El problema es que muchos consistorios se retrasan porque la negociación sindical se eterniza. Para 2026, se espera que la digitalización acelere estos pasos, pero el órgano de aprobación seguirá siendo el mismo.

Como persona que lleva años opositando, lo que me interesa es saber dónde se publica la oferta una vez aprobada. El órgano que la aprueba (Consejo de Ministros, Consejo de Gobierno, etc.) no es el que publica las bases; eso lo hace la unidad de selección. Pero si la oferta no se aprueba en el plazo legal, todo se para. Por eso, cuando veo noticias de que el Consejo de Ministros ha aprobado la oferta de empleo público, sé que las plazas ya están aseguradas para el año. Eso da tranquilidad, aunque luego vengan los procesos selectivos. En 2026, con la nueva ley, espero que los plazos sean más cortos.

Desde la perspectiva sindical, el órgano de aprobación es solo la punta del iceberg. La oferta de empleo público se negocia en las mesas generales antes de que el Consejo de Ministros o el Pleno local la aprueben. Y ahí está el meollo: si no hay acuerdo, la puede aprobarla igualmente, pero nosotros exigimos que se respeten los porcentajes de tasa de reposición y la consolidación de empleo temporal. En 2026, con las nuevas directivas europeas, el órgano de aprobación tendrá que justificar públicamente cada plaza, lo que dará más transparencia. Pero cuidado: no todo vale con tal de aprobar rápido.


