
La obligación de asegurar a una empleada de hogar empieza desde el primer día de trabajo, sin excepción. Desde el 1 de enero de 2022, con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2021, cualquier persona que contrate a una empleada de hogar debe darla de alta en la Social antes de que comience la relación laboral. No importa si son pocas horas a la semana o si el trabajo es esporádico: el alta es obligatoria desde el momento cero. Si no lo haces, te expones a multas de hasta 7.500 euros y a que la trabajadora no tenga cobertura sanitaria, prestaciones por desempleo o baja por enfermedad.
Mucha gente cree que solo hay que asegurarla si trabaja más de 60 horas al mes, pero eso es un mito. Desde 2022, el sistema es de cotización por horas reales trabajadas, así que incluso si viene una hora a la semana hay que comunicarlo. La tabla siguiente resume los casos más comunes:
| Situación | ¿Obligatorio asegurar? |
|---|---|
| Trabajo fijo de lunes a viernes | Sí, desde el día 1 |
| Solo dos tardes por semana | Sí, desde el día 1 |
| Sustitución puntual de una semana | Sí, desde el día 1 |
| Ayuda para una mudanza un día | Sí, desde el día 1 |
Lo mejor es registrar el contrato antes de que la empleada entre por la puerta. Así evitas disgustos y garantizas derechos básicos para ambas partes.

Pues yo, cuando contraté a mi asistenta, me informé bien y lo hice desde el primer día. Un amigo me dijo que esperara un mes, pero no, la ley es clara. Si no la aseguras al empezar, estás cometiendo una infracción grave. Además, ella se siente más tranquila sabiendo que está dada de alta. Yo creo que no vale la pena arriesgarse por ahorrar unos euros.

A mí me pasó justo al revés. Trabajé tres meses sin contrato ni seguro en una casa. La señora decía que era un periodo de prueba. Un día me caí limpiando la escalera y me fracturé la muñeca. No tenía cobertura, ni baja, ni nada. Desde entonces, siempre pregunto antes de empezar si me van a dar de alta. Y si dicen que no, ni lo acepto. Que vayan a otro lado.


