
Como empleadora de una trabajadora del hogar en España, te confirmo que la jornada laboral se pacta en el contrato, pero siempre dentro de los límites legales. Según el Real Decreto 1620/2011, las empleadas de hogar pueden trabajar un máximo de 40 horas semanales en jornada completa, con un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas y un día y medio de descanso semanal. En la práctica, muchos hogares optan por horarios partidos o internos, pero es obligatorio registrar el tiempo mediante un documento firmado.
Aquí te dejo un ejemplo de horarios habituales en 2026:
| Tipo de jornada | Horas diarias | Días a la semana | Descanso semanal |
|---|---|---|---|
| Completa externa | 8 h (p. ej., 9:00–13:00 y 16:00–20:00) | 5 | Sábado y domingo |
| Media jornada | 4–5 h | 5 | Variable |
| Interna | Hasta 40 h semanales, con 2 horas de descanso al día | 6 (con un día completo libre) | Un día completo a la semana |
El horario concreto depende de tus necesidades y de lo que acordéis, pero nunca puede superar las 40 horas semanales si es externa, ni las 8 horas diarias de trabajo efectivo sin pausas. Además, las horas extra no están permitidas en este régimen especial, salvo que se compensen con descanso. Si tienes dudas sobre la legalidad, lo mejor es consultar la normativa actualizada, pero en mi experiencia, lo más común es fijar un horario fijo de lunes a viernes y dejar los fines de semana libres, salvo que se negocie un plus por trabajar en sábado o domingo.

Pues mira, yo llevo años trabajando como empleada de hogar y, depende mucho de la familia que te contrate. Normalmente, trabajo de 9 a 14 h y luego de 17 a 20 h, de lunes a viernes. Pero he tenido casas donde me pedían solo por las mañanas o incluso fines de semana alternos. Lo importante es que el horario quede por escrito, porque así no hay malentendidos. A mí me gusta tener los sábados libres para estar con mi familia, pero si pagan un extra, no me importa echar una mano de vez en cuando. Eso sí, nunca trabajo más de 8 horas seguidas sin una pausa de al menos 15 minutos.

Desde la agencia de colocación, siempre recomendamos a las familias que definan bien la carga horaria antes de buscar candidata. Las empleadas de hogar suelen trabajar en franjas de mañana (8:00–14:00) o tarde (16:00–20:00), pero se puede personalizar. Lo clave es respetar los descansos: 30 minutos de pausa si la jornada supera las 6 horas, y nunca trabajar más de 6 días seguidos. En 2026, la tendencia es hacia contratos con horarios fijos y flexibilidad solo si se pacta un plus económico. Si la familia necesita horarios irregulares, mejor buscar a alguien que lo acepte desde el principio.

Soy consultora de recursos humanos especializada en servicio doméstico, y lo que más preguntan es si se puede trabajar en horario nocturno. La ley permite que las empleadas de hogar trabajen de noche, pero solo si hay un acuerdo explícito y un descanso de 12 horas después. Además, el horario nocturno (de 22:00 a 6:00) no puede exceder las 8 horas y debe incluir una pausa retribuida. En la práctica, casi nadie lo elige porque desgasta mucho. Mi recomendación: ajustarse al horario diurno y, si necesitas cobertura nocturna, plantear un contrato de internado con dormitorio propio.

Como orientadora laboral, les digo a las trabajadoras del hogar que tienen derecho a conocer su horario antes de firmar. Pueden trabajar desde las 7 de la mañana hasta las 10 de la noche, pero siempre con pausas. Lo mejor es negociar un horario que encaje con tu vida personal: por ejemplo, si tienes hijos, pedir entrada a las 9:30 y salida a las 14:00. No aceptes trabajar más de 40 horas semanales sin que te paguen las horas extra (aunque no son legales en este sector, se pueden compensar con días libres). Y recuerda: el descanso semanal mínimo es de 36 horas consecutivas, normalmente sábado tarde y domingo entero.


