
Claro, te respondo directamente: las empleadas del hogar en España pertenecen al Régimen General de la Social desde el 1 de enero de 2023. Antes de esa fecha estaban encuadradas en un Régimen Especial propio, pero la reforma del Real Decreto-ley 16/2022 las integró en el sistema común. Esto significa que, como cualquier otra trabajadora por cuenta ajena, cotizan por contingencias comunes, desempleo, formación profesional y FOGASA. Además, la empresa (la persona que contrata) debe dar de alta a la empleada antes de empezar a trabajar y cotizar según la base mínima o superior acordada.
Para que lo veas más claro, aquí tienes una comparativa de los cambios clave:
| Aspecto | Antes (Régimen Especial) | Desde 2023 (Régimen General) |
|---|---|---|
| Cotización por desempleo | No obligatoria | Sí, obligatoria |
| Prestación por desempleo | No | Sí, tras 360 días cotizados |
| Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) | No | Sí |
| Protección por accidente de trabajo | Sí, pero con cobertura limitada | Cobertura completa |
En la práctica, si eres empleada del hogar, tu empleador debe registrar tu contrato en el Sistema Especial de Empleados de Hogar, que es una parte del Régimen General con normas particulares (por ejemplo, la cotización se calcula en función de las horas trabajadas). No obstante, los derechos son prácticamente los mismos que los de cualquier otro trabajador: vacaciones, bajas médicas, prestación por desempleo, etc. Lo más importante es que tanto la empleada como el empleador cumplan con la obligación de alta y cotización para evitar sanciones y garantizar la protección social.

Yo contraté a una empleada del hogar el año pasado y al principio estaba muy perdida. Pensaba que seguía siendo un régimen especial, pero mi gestor me aclaró que desde 2023 ya es Régimen General. La diferencia para mí como empleadora es que ahora tengo que cotizar por desempleo y formación, y la cuota mensual es un poco más alta, pero a cambio ella tiene más derechos. Lo mejor es que todo se gestiona online a través del Sistema RED o directamente en la Social. Si tienes dudas, te recomiendo hablar con un asesor laboral porque los trámites son fáciles, pero hay que hacerlos bien.


