
Formalizar una carta contrato para una empleada de hogar en 2026 requiere seguir los pasos establecidos por la legislación laboral española, que desde 2022 equipara los derechos de este colectivo con los del resto de trabajadores. Lo primero es redactar un contrato por escrito que incluya datos completos de ambas partes, la duración (indefinida o temporal), el salario (nunca inferior al Salario Mínimo Interprofesional, que en 2026 se estima alrededor de 1.200 € mensuales en 14 pagas), el número de horas semanales y la distribución del tiempo de trabajo. Además, es obligatorio dar de alta a la empleada en el Régimen Especial de Empleados de Hogar de la Social antes de empezar la actividad, y comunicar el contrato al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en los 10 días siguientes.
Para facilitar el proceso, recomiendo usar el modelo oficial de contrato que proporciona la Seguridad Social, donde se especifican las cláusulas mínimas obligatorias. A continuación, una tabla resumen con los elementos clave:
| Elemento | Detalle |
|---|---|
| Partes | Nombre, DNI/NIE, dirección del empleador y de la empleada |
| Tipo de contrato | Indefinido, temporal (por obra, suplencia, etc.) o fijo-discontinuo |
| Jornada | Horas semanales y distribución (ejemplo: lunes a viernes de 9 a 14) |
| Salario | Cantidad bruta anual o mensual, especificando pagas extras |
| Vacaciones | 30 días naturales al año, retribuidos |
| Periodo de prueba | Máximo 2 meses, salvo convenio colectivo |
| Régimen de Seguridad Social | Número de afiliación y fecha de alta |
Una vez firmado, entrega una copia a la empleada y conserva la tuya. No olvides tramitar el alta en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) a través de la sede electrónica o con asistencia presencial. Este paso es crítico para evitar sanciones y garantizar que la trabajadora tenga cobertura sanitaria y de desempleo.

Yo llevo años trabajando como empleada de hogar y te aseguro que un contrato por escrito es nuestra mejor garantía. Para mí, lo más importante es que el documento refleje claramente las horas reales que voy a trabajar, el salario exacto y si incluye manutención o alojamiento. También debe especificar las tareas concretas, porque a veces la familia espera que haga de todo sin acordarlo. Si el empleador usa el modelo oficial de la Social, me siento más tranquila porque sé que luego me darán de alta y cotizaré para mi pensión. No aceptes nunca un acuerdo solo verbal, aunque sea de confianza.

Como profesional del derecho laboral, destaco que la formalización de este contrato exige cumplir con el Real Decreto 1620/2011 y las modificaciones posteriores de la Ley 27/2011 sobre igualdad de derechos. La carta contrato debe incluir obligatoriamente:
Recomiendo archivar una copia firmada y enviar el contrato al SEPE en el plazo legal. El incumplimiento de la obligación de alta previa puede acarrear multas de hasta 10.000 €.

Yo he contratado a varias empleadas de hogar a lo largo de los años, y he aprendido que lo mejor es ir paso a paso y con claridad. Primero, hablo con la candidata para acordar las condiciones: horario, tareas, sueldo y si vive en casa o no. Luego, busco el modelo de contrato en la web de la Social (es muy sencillo, solo hay que rellenar los campos). Lo imprimo, lo firmamos las dos, y ese mismo día la doy de alta por internet usando el sistema RED. No esperes al día siguiente, porque si ocurre un accidente, estarías sin cobertura. También guardo una copia escaneada en mi correo. Un consejo: si la empleada es extranjera, asegúrate de que tenga NIE y permiso de trabajo en vigor.

Desde mi experiencia como autónoma que contrata a una persona para la de mi piso, te recomiendo usar herramientas digitales para agilizar el papeleo. Plataformas como el portal de la TGSS permiten generar el contrato directamente y dar de alta a la empleada en minutos. Lo que hago es: rellenar el formul


