
Claro, te explico de forma directa. Calcular la liquidación de un empleado en España implica sumar el finiquito (días trabajados del mes, vacaciones no disfrutadas y pagas extras prorrateadas) más la indemnización por despido si corresponde. La clave está en distinguir entre despido procedente, improcedente o nulo, y también si es un despido objetivo o disciplinario. Para un despido improcedente (el más común), la indemnización son 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, y para contratos anteriores a febrero de 2012 se aplica una escala de 45 días por año.
En mi experiencia, lo primero que hago es recopilar: salario bruto anual, antigüedad exacta, tipo de contrato, y el motivo de la salida. Luego, calculo el salario diario (salario anual / 365) y aplico los días correspondientes. Por ejemplo, un empleado con 5 años de antigüedad y un salario de 30.000 € brutos anuales tendría una indemnización de 33 días x 5 años = 165 días, que multiplicados por el salario diario (30.000/365 ≈ 82,19 €) da unos 13.561 €. Pero ojo, si el despido es procedente (por ejemplo, por causas objetivas justificadas), la indemnización baja a 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades.
Para ayudarte a visualizar, aquí una tabla resumen de los tipos de despido más frecuentes:
| Tipo de despido | Días por año trabajado | Máximo de mensualidades |
|---|---|---|
| Improcedente (posterior a 2012) | 33 | 24 |
| Improcedente (anterior a 2012) | 45 (primeros años) + 33 (resto) | 42 |
| Procedente (objetivo) | 20 | 12 |
| Disciplinario (sin causa) | 0 (no hay indemnización) | - |
Además del finiquito, que siempre se paga, hay que incluir las vacaciones no disfrutadas (2,5 días por mes trabajado en el año en curso) y la parte proporcional de pagas extras. No olvides que el cálculo exacto puede variar según convenio colectivo. Siempre recomiendo usar una calculadora oficial del Ministerio de Trabajo o consultar con un asesor laboral para evitar errores, porque un mal cálculo puede costar caro a la empresa o dejar al empleado con menos de lo que le corresponde.

Pues mira, lo he vivido en primera persona hace unos meses. Me echaron de la empresa y me tocó pelearme con los números. Lo que más me sorprendió fue que el finiquito no es lo mismo que la indemnización. El finiquito son las deudas del mes, las vacaciones sin coger y las pagas extra. Eso me lo pagaron rápido. La indemnización fue un lío: en mi caso, 8 años trabajados, y como el despido fue improcedente, me dieron 33 días por año. Hice la cuenta con mi salario bruto diario (unos 70 €) y me salieron unos 18.480 €. Pero la empresa intentó pagarme menos, tuve que reclamar con el sindicato. Mi consejo: no firmes nada sin revisar bien los cálculos.

Si tienes una pequeña empresa, calcular la liquidación de un empleado es un quebradero de cabeza. Cuando despedí a un trabajador por causas objetivas, me tocó pagar 20 días por año. Lo peor es que la ley cambia constantemente y hay que tener en cuenta el convenio. Por ejemplo, el salario incluye pagas prorrateadas, pluses, etc. Si no lo haces bien, te pueden denunciar. Ahora uso un software de nóminas que lo calcula automáticamente, pero antes de eso, un error me costó una multa de 2.000 €. No recomiendo hacerlo a mano sin experiencia.

Desde mi punto de vista como trabajador que ha investigado mucho, la clave está en entender el salario regulador. No es solo el sueldo base, sino el promedio de lo que cobras en el último año, incluyendo horas extra, comisiones, etc. Además, la antigüedad se cuenta desde el primer día, incluso si hubo contratos temporales seguidos. Un truco: si tienes dudas, pide un informe de vida laboral. En mi caso, la empresa calculó mal las vacaciones no disfrutadas y me faltaron 300 €. Tuve que reclamar y lo solucionaron, pero fastidia.

Como delegado sindical, veo muchos casos de mal hechas. El error más común es no incluir las pagas extras prorrateadas si el empleado no las ha cobrado mensualmente. También se olvidan de los pluses de transporte o nocturnidad. En un despido colectivo, la indemnización puede ser de 33 días, pero si hay un ERE, se negocia. **Mi recomendación: siempre


