
Sí, una empleada de hogar tiene derecho a recibir el finiquito al finalizar su relación laboral, tanto si se trata de un despido como de una renuncia voluntaria o finalización de contrato. El finiquito no es un plus, sino una liquidación de cantidades devengadas y no percibidas. Según el Real Decreto 1620/2011, que regula la relación laboral especial del servicio del hogar familiar, las trabajadoras domésticas tienen los mismos derechos que el resto de empleados en cuanto a salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas y pagas extraordinarias prorrateadas.
En concreto, el finiquito debe incluir:
Es importante que la empleada de hogar revise el documento y, si tiene dudas, acuda a un sindicato o a la Inspección de Trabajo. Muchas veces los empleadores omiten pagar las vacaciones o las pagas extra, pero la ley es clara. Por ejemplo, una trabajadora que ha estado 6 meses con un salario de 1.200 € brutos mensuales tendría derecho a un finiquito aproximado de:
| Concepto | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| Salario pendiente (últimos 15 días) | 1.200 € / 30 * 15 | 600 € |
| Vacaciones no disfrutadas (15 días) | 1.200 € / 30 * 15 | 600 € |
| Parte proporcional de pagas extra (2 pagas en 6 meses) | 1.200 € * 2 / 12 * 6 | 1.200 € |
| Total finiquito | 2.400 € |
Si además hubiera despido improcedente, se sumaría la indemnización correspondiente. En resumen, sí, tienen derecho, y es obligación del empleador entregarlo por escrito y pagarlo en el momento de la baja.

Yo trabajé como empleada de hogar durante tres años y, cuando me despidieron, el empleador me dijo que no tenía derecho a finiquito porque era “trabajo informal”. Menos mal que me informé en un sindicato. Resulta que sí, el finiquito es obligatorio. Me pagaron los días trabajados, las vacaciones que nunca me había tomado y las pagas extra acumuladas. No fue mucho, pero al menos no me quedé sin nada. Mi consejo: no firmes nada sin leerlo bien y pregunta siempre.

Cuando contraté a una empleada de hogar, al principio pensaba que el finiquito solo era para empresas grandes. Pero al leer la normativa descubrí que es una obligación legal, igual que darle de alta en la Social. Al finalizar su contrato, le calculé los días trabajados, las vacaciones pendientes y las pagas extra. Me pareció justo y además evité posibles denuncias. Desde entonces, lo incluyo siempre en el presupuesto del servicio doméstico.

Como consultora de RR.HH. especializada en empleo doméstico, veo muchas dudas sobre este tema. La empleada de hogar tiene exactamente los mismos derechos al finiquito que cualquier otro trabajador por cuenta ajena. Lo que cambia es la forma de cálculo: al no tener convenio colectivo propio, se aplica el Estatuto de los Trabajadores con las particularidades del Real Decreto 1620/2011. Recomiendo a los empleadores documentar todo por escrito y a las trabajadoras conservar los contratos y nóminas para reclamar si es necesario.

Soy abogada laboralista y atiendo muchos casos de empleadas de hogar a las que no les pagan el finiquito. La ley es tajante: tienen derecho a recibirlo. El problema es que muchas relaciones laborales no están


