
Sí, es posible la jubilación parcial para empleados públicos, siempre que cumplas los requisitos establecidos por la legislación española. La jubilación parcial permite reducir tu jornada laboral entre un 25% y un 50% (o hasta el 75% en algunos casos especiales) y cobrar una parte de la pensión de jubilación mientras sigues trabajando. Para los empleados públicos, se aplica el Real Decreto Legislativo 5/2015 (Estatuto Básico del Empleado Público) y la normativa de Social.
Los requisitos clave son: tener al menos 60 años (o 61, dependiendo de tu cotización), haber cotizado 33 años (o 35 si no hay convenio especial), y que la empresa (la Administración) formalice un contrato de relevo con un trabajador desempleado o indefinido. En el sector público, la Administración suele ser más estricta con los plazos de solicitud, por lo que te recomiendo iniciar el trámite con al menos 6 meses de antelación.
Además, la reducción de jornada debe ser aprobada por tu unidad administrativa. No es un derecho automático; depende de las necesidades organizativas. Por ejemplo, en un ayuntamiento o una consejería, pueden denegarlo si no encuentran un relevista adecuado.
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Edad mínima | 60 años (o 61 según cotización) |
| Años cotizados | 33 años (o 35 sin convenio) |
| Reducción de jornada | 25% – 50% (hasta 75% si se cumplen condiciones) |
| Contrato de relevo | Obligatorio, con desempleado o indefinido |
En mi experiencia, muchos empleados públicos lo ven como una forma de transición suave hacia la jubilación total, combinando ingresos parciales y tiempo libre. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la pensión se calcula sobre la base reguladora reducida, por lo que el importe final será menor que si te jubilaras completamente a los 67 años. Si tienes dudas, consulta con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o con tu servicio de personal.

Yo lo solicité hace un par de años y funcionó bien. Tenía 62 años, 34 cotizados, y pedí una reducción del 40% en mi puesto de administrativo en la Diputación. Lo clave es que el relevista tenga un contrato fijo, porque la a veces pone trabas. En mi caso, fue un chico joven en paro y todo salió en menos de 4 meses. Eso sí, la pensión se resiente un poco, pero para mí mereció la pena porque seguía activo y con ingresos estables. Eso sí, no te esperes una respuesta rápida: los trámites son lentos.

Desde mi punto de vista, la jubilación parcial es viable, pero no para todos los cuerpos. Por ejemplo, en la policía local o en sanidad pública, suele ser más complicado porque necesitan cobertura inmediata. Yo, como funcionario de carrera en la Social, lo veo factible si tienes un puesto administrativo y la Administración tiene margen para contratar. El mayor problema es la burocracia: te piden documentos, certificados, y si falla un plazo, lo pierdes. Recomiendo asesorarse con un sindicato antes de pedirlo.

Lo intenté, pero me lo denegaron. Trabajo en un centro de salud como auxiliar administrativo; pedí una reducción del 30% a los 61 años. El motivo fue que no encontraron relevista en la bolsa de trabajo. La alegó que no podían cubrir mi puesto específico con un contrato temporal. Aprendí que hay que negociar antes: hablar con el jefe de personal y proponer a alguien conocido. Ahora espero cumplir los 63 para volver a intentarlo, pero con más preparación. No es tan sencillo como parece.

Para mí, la jubilación parcial es una herramienta útil, pero mal aplicada. Como profesional de recursos humanos, he visto que muchos empleados públicos no conocen los plazos: hay que solicitarla al menos 3 meses antes de la fecha deseada y la tiene 30 días para responder. Además, la reducción de jornada no puede ser inferior al 25% ni superior al 50% generalmente. Si estás en un organismo con mucha plantilla, suele aprobarse; si es pequeño, se complica. Mi consejo: calcula tu pensión futura con la herramienta del INSS y compara con seguir trabajando a jornada completa. A veces, salen mejores cuentas esperar a la jubilación total.


