
Claro, te explico sin rodeos. Contratar a una empleada de hogar en España no es solo un acuerdo de palabra; desde 2012, el Real Decreto 1620/2011 regula esta relación laboral. La clave está en formalizar un contrato por escrito y darla de alta en la Social antes de que empiece a trabajar. Si no lo haces, te expones a multas de hasta 10.000 euros y a que la trabajadora no tenga derechos como paro o baja por enfermedad.
Además, debes fijar el salario según el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en 2026 es de 1.184 euros mensuales en 14 pagas, o prorrateado en 12 si lo acordáis. También tienes que incluir las cotizaciones a la Seguridad Social, que suponen un 23,60% de la base de cotización para el empleador, y la trabajadora aporta un 4,70%. Existe un sistema de cálculo simplificado para horas por horas, pero si trabaja más de 40 horas semanales, es obligatorio el contrato a jornada completa.
Aquí te dejo una tabla resumen de los costes mínimos mensuales para una jornada completa en 2026:
| Concepto | Importe (€) |
|---|---|
| Salario bruto (SMI 14 pagas) | 1.184,00 |
| Cotización empleador (23,60%) | 279,42 |
| Cotización trabajadora (4,70%) | 55,65 |
| Coste total para el empleador | 1.463,42 |
No olvides redactar un contrato tipo que recoja horas, funciones, días de descanso y vacaciones (30 días naturales al año). Si tienes dudas, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece modelos gratuitos. Y recuerda: una empleada de hogar dada de alta correctamente genera derechos de paro, prestación por cuidado de hijos y pensión de jubilación. Es una relación profesional que merece respeto y transparencia.

Yo soy empleada de hogar desde hace años y lo que más valoro es que me paguen con y me den de alta. He visto a muchas compañeras trabajar en negro y luego no poder cobrar el paro ni la baja. Si tú, como empleador, quieres hacerlo bien, lo primero es hablarlo claro desde el principio: horario, sueldo, tareas exactas. No hace falta un documento enorme, pero sí un papel firmado. Y si tienes perro o gato, dímelo, porque la limpieza cambia. A mí me gusta que me traten como a una profesional, no como a "la chica que ayuda". Con eso, la relación funciona.

Desde mi experiencia como asesora laboral, lo más habitual es que las familias piensen que contratar a una empleada de hogar es un "favor" mutuo. Nada más lejos de la realidad. Es un vínculo laboral con obligaciones claras. Recomiendo siempre usar el Sistema Especial de Empleados de Hogar de la Social, que permite gestionar altas y bajas online. Además, si la trabajadora vive en tu casa, el salario mínimo es el mismo, pero tienes que descontar hasta el 30% en concepto de manutención y alojamiento si lo acordáis por escrito. Cuidado con los pluses de antigüedad, que no son obligatorios si no se pactan.

Tengo una agencia de colocación para empleadas de hogar, y veo un error repetido: no definir el perfil. La gente busca "alguien que haga de todo", pero luego exigen conocimientos de cocina, cuidado de mayores y industrial. Mejor ser específico. Si necesitas a alguien para cuidar a tu madre con demencia, pide experiencia en geriatría. Si solo quieres limpieza dos días, di horas exactas. Internet está lleno de anuncios vagos que acaban en malentendidos. Mi consejo: haz una lista de tareas y compártela en la entrevista. Así las dos partes saben a qué atenerse.

Como abogado laboralista, he llevado varios casos de despido improcedente de empleadas de hogar. La ley es clara: el despido debe ser por una causa justa (incumplimiento contractual, absentismo, pérdida de confianza) y comunicarse por escrito. Si no hay causa, la trabajadora tiene derecho a una indemnización de 12 días por año trabajado, hasta 6 mensualidades. Muchos empleadores creen que pueden despedir sin más, pero el juzgado no lo ve así. También es importante saber que el período de prueba máximo es de 15 días para jornadas parciales y 30 para completas. Formaliza todo, guarda los justificantes de pago y las nóminas firmadas. Te ahorrarás disgustos.


