
Claro, el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) se aprobó originalmente mediante la Ley 7/2007, de 12 de abril. Luego fue refundido y actualizado en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que es el texto vigente hoy. Esto significa que la norma base data de 2007, pero con modificaciones importantes hasta 2015.
Como persona que lleva años gestionando procesos de selección en la , te digo que este estatuto es la columna vertebral de la contratación pública. Sin él, no tendríamos un marco claro para los principios de igualdad, mérito y capacidad en las oposiciones. Por ejemplo, el EBEP establece que los procesos selectivos deben ser públicos, transparentes y basados en pruebas objetivas. Desde 2007, esto ha profesionalizado muchísimo la función pública, aunque todavía hay retos, como la tasa de reposición o la temporalidad.
Para que lo veas más claro, aquí tienes un resumen de los hitos clave:
| Año | Norma | Cambio principal |
|---|---|---|
| 2007 | Ley 7/2007 | Creación del EBEP, unifica el régimen de empleados públicos |
| 2015 | RDL 5/2015 | Texto refundido, incorpora ajustes en evaluación del desempeño y movilidad |
Si estás preparando una oposición o trabajas en recursos humanos, entender el EBEP es obligatorio. No solo regula derechos y deberes, sino también la carrera profesional y la evaluación del rendimiento. En 2026, las últimas reformas apuntan a reforzar la estabilidad y reducir la temporalidad, algo que viene directamente de este estatuto.

Yo soy funcionario interino desde hace ocho años, y para mí el EBEP es una espada de doble filo. Por un lado, da garantías como la estabilidad en el empleo fijo, pero por otro, los procesos de consolidación son lentísimos. La ley de 2007 prometía una más moderna, pero en la práctica sigo viendo convocatorias que tardan años. Lo que más me afecta es el artículo 10 sobre personal interino: no hay plazos claros para que nos hagan fijos. En 2026 espero que cumplan con la directiva europea.


