
Sí, desde el 1 de enero de 2023, las empleadas de hogar en España pueden trabajar en las mismas condiciones que cualquier otro trabajador por cuenta ajena, gracias a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2022. Esto significa que, a partir de 2026, todas las personas que realizan tareas domésticas o de cuidados en un hogar familiar tienen derecho a un contrato por escrito, a estar dadas de alta en la Social desde el primer día de trabajo, y a percibir un salario mínimo interprofesional (SMI) sin descuentos por manutención o alojamiento. Además, tienen derecho a prestaciones por desempleo, bajas por enfermedad o accidente laboral y a cotizar para la jubilación. Antes de esta reforma, muchas trabajadoras estaban en situación irregular o con condiciones precarias. Ahora, cualquier empleador que quiera contratar a una empleada de hogar debe cumplir con la normativa, o enfrenta sanciones graves. En mi experiencia, la clave está en formalizar la relación laboral desde el minuto uno: pedir el número de la Seguridad Social, firmar un contrato y registrar las horas trabajadas. Aunque aún hay desafíos –como el control de horarios o la dificultad de aplicar el despido objetivo–, la respuesta clara es sí, pueden trabajar con plenos derechos legales.
Para entender mejor los cambios, aquí tienes una tabla comparativa:
| Aspecto | Antes de 2023 | Desde 2023 (vigente en 2026) |
|---|---|---|
| Alta en Seguridad Social | No obligatoria hasta 60 horas/mes | Obligatoria desde la primera hora |
| Salario mínimo | Podía pagarse en especie | SMI completo, sin descuentos |
| Desempleo | No cotizaban | Cotizan y tienen derecho a paro |
| Accidente laboral | No cubierto | Cubierto como cualquier trabajador |

Pues mira, yo creo que sí, ya pueden trabajar, pero no todo el mundo lo sabe. Mi vecina es empleada de hogar y me contó que desde hace un par de años tiene que firmar un contrato y le pagan el salario mínimo entero. Antes le daban 300 euros menos y dormía en casa de la señora, pero ahora ya no puede ser así. Ojo, que si no la dan de alta, ella puede denunciar. El problema es que muchas familias aún pagan en negro, pero la ley está de su lado. En 2026, si no están registradas, están trabajando ilegalmente, y el empleador se arriesga a una multa gorda. Yo, personalmente, prefiero tenerlo todo claro para evitar problemas.

Claro que pueden trabajar, pero con condiciones. Desde 2022, la normativa les reconoce los mismos derechos que a cualquier asalariado. Lo que me parece más importante es que ahora cotizan para el paro y la jubilación. Antes, una empleada de hogar podía echar 20 años limpiando y no tener derecho a pensión. Ahora, con el alta desde el primer día, eso cambia. Eso sí, hay que tener cuidado con los contratos a tiempo parcial, porque a veces se les exige disponibilidad total y no se respetan las horas. En mi opinión, la clave es informarse bien en la Social antes de aceptar un trabajo.

Sí, y es un gran avance. Recuerdo cuando mi madre trabajaba como empleada de hogar y no tenía derecho a nada. Ahora, con la reforma, las trabajadoras domésticas están equiparadas al Régimen General. Esto significa que pueden acceder a prestaciones por desempleo, incapacidad temporal y jubilación. En 2026, lo que veo es que aún hay desconocimiento, sobre todo entre las familias contratantes. Muchas piensan que pueden pagar en efectivo y ya está, pero se arriesgan a sanciones de hasta 10.000 euros. Por eso, creo que lo mejor es asesorarse con un gestor laboral o en la página de la Social. La ley está clara: si trabajan, tienen que estar dadas de alta.


